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martes, 28 de julio de 2009

Justicia global

El concepto de justicia global rompe la separación tradicional entre relaciones intra-nacionales e inter-nacionales, y extiende el análisis moral institucional a todo el campo. Hace visible que los ciudadanos de los países ricos están potencialmente involucrados en los horrores que tantas personas deben padecer en los países menos desarrollados, así como en la violencia y el hambre que se infligen a esas personas.
-El viejo marco era cómodo: compartimos la responsabilidad por el orden institucional de nuestra sociedad y por los daños que pueda infligir a nuestros conciudadanos. También compartimos la responsabilidad por la actuación honorable de nuestro gobierno en el exterior y el cumplimiento de leyes y convenciones internacionales razonables, en especial las relacionadas con la guerra, y de honrar sus contratos y tratados. En este marco tradicional, generalmente no tenemos responsabilidad por la violencia y la pobreza que se infligen a los extranjeros dentro de la caja negra de su propio Estado.
-El nuevo marco intelectual asociado con la expresión “justicia global” no es tan cómodo. En este marco es esencial el impacto causal del diseño del orden institucional global sobre las condiciones de vida de los seres humanos de todo el mundo. Desde el fin de la Guerra Fría se han rediseñado sustancialmente algunos componentes importantes del orden institucional global –como el sistema mundial de comercio y las normas que rigen las intervenciones militares– mientras que se han dejado en su lugar otros componentes, como los privilegios internacionales de recursos y endeudamiento... Había muchas maneras alternativas de modelar y remodelar el orden institucional global cuando, después del final de la Guerra Fría, las potencias del Atlántico Norte descubrieron que tenían el control. La pregunta es entonces: ¿en qué habrían diferido los efectos de otras trayectorias de globalización sobre la población mundial, por ejemplo, sobre la incidencia de la violencia, la opresión y la pobreza extrema? Y, a la luz de la valoración comparativa de esos efectos, ¿cómo juzgar en términos morales el orden institucional global existente?
El orden institucional global está relacionado causalmente con la incidencia de daños moralmente importantes de dos maneras.
En primer lugar, sus normas pueden afectar directamente a la población. Consideremos, por ejemplo, el actual sistema de tratados de la Organización Mundial del Comercio (OMC), que permite que los países ricos protejan sus mercados contra las importaciones baratas (productos agrícolas, textiles, acero, etc.) mediante cuotas, aranceles, cláusulas anti-dumping y subsidios a los productores nacionales. Esas medidas proteccionistas reducen las oportunidades de exportación de las empresas de los países en desarrollo, restringiendo sus exportaciones a los países ricos y, también, en el caso de los subsidios, permitiendo que los productores menos eficientes de los países ricos vendan sus productos en los mercados mundiales a menor precio que los productores más eficientes de los países pobres. Sin esas restricciones, los países en desarrollo podrían lograr, según la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD, 1999), un ingreso adicional de 700 mil millones de dólares cada año por sus exportaciones, casi 13 veces la suma anual de la ayuda oficial al desarrollo. Este aspecto particular del sistema de tratados de la OMC puede tener entonces gran impacto en la incidencia de la pobreza extrema en los países en desarrollo, entendiendo “impacto” de manera contrafáctica comparativa: si el sistema de tratados de la OMC no permitiera esas medidas proteccionistas, hoy habría mucha menos pobreza en el mundo. Este ejemplo ilustra el impacto másdirecto del orden institucional global sobre las condiciones de vida de la población mundial.
Las reglas del orden institucional global también pueden afectar de manera indirecta a la población, contribuyendo a moldear conjuntamente el orden institucional nacional en que vive. Los privilegios internacionales de recursos y de endeudamiento que se conceden a los gobernantes despóticos son un ejemplo obvio. Estos privilegios hacen posible que los gobernantes tiránicos y las juntas militares se atrincheren en el poder y confieren a los opresores potenciales un fuerte incentivo para que intenten tomar el poder por la fuerza, y con ello facilitan y alimentan gobiernos opresivos y corruptos en muchos países en desarrollo donde los recursos naturales son un componente importante de la economía nacional, y los ciudadanos corrientes tienen pocos medios para enfrentar la opresión.
Se podría y se debería decir mucho más sobre estos dos ejemplos, pero aquí mi objetivo no es demostrar la injusticia sino mostrar cómo se puede aplicar el análisis moral institucional al orden global institucional.
Ahora bien, puesto que el orden global institucional actual ocasiona una mayor violencia y pobreza extrema de las que habría en un orden alternativo mejor diseñado, podemos pasar a preguntar quién es responsable de que este orden se haya configurado de la manera en que fue configurado y si los responsables podían haber previsto y evitado razonablemente el exceso de violencia y pobreza extrema que ha ocasionado.
El papel dominante en la conformación del orden institucional global posterior a la Guerra Fría fue desempeñado por los gobiernos de los países desarrollados más poderosos, en particular los que integran el G-7. En la formación de ese orden, dichos gobiernos dieron mucho peso a los intereses de sus élites empresariales nacionales y poco peso a los intereses de la población pobre y vulnerable de los países en desarrollo. Se puede argumentar que el orden global institucional resultante es injusto porque la incidencia de la violencia y la pobreza extrema que en él ocurre es mucho mayor que la que habría en un orden alternativo cuyo diseño hubiese dado más peso a los intereses de los pobres y los vulnerables. Puesto que los países miembros del G-7 son razonablemente democráticos, sus ciudadanos comparten la responsabilidad por el orden global que forjaron sus gobiernos y por su impacto comparativo en la vida humana. Este es el tipo de diagnóstico moral que estaría en e l centro del escenario si los debates normativos sobre las relaciones internacionales pasaran del paradigma de la ética internacional al de la justicia global, si el análisis moral institucional se extendiera más allá del Estado.
Thomas Pogge*
* Doctor en Filosofía; profesor de Yale University, New Haven, Estados Unidos
http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124-59962008000200005&lng=es&nrm=iso&tlng=es