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viernes, 27 de marzo de 2026

Afectado por el caso Noelia

La complejidad del caso de Noelia Castillo

El grave tema del caso Noelia será polémico en las próximas semanas, y veremos muchas personas hablando del tema a la ligera, siendo un tema muy complejo

Se ha abierto un debate público sobre el alcance de la ley, aunque este no debe desarrollarse desde el simplismo y la polarización, tal y como, por desgracia, está ocurriendo

Esta entrada es solo un resumen del caso , esta claro que no es ni una opinión experta, ni pretende serlo, solo puede ser una opinión experta los que han realizado los informe médicos y de los psiquiatras del caso Noelia, para llegar a esta decisión tan importante.


El caso complejo, es debatible por ser relevante leer las dudas que sobre la apropiada aplicación de la ley de exponen quien verdaderamente saben , los psiquiatras, lo que digamos los demás por interés en conocer el tema, no tiene validez en un tema complejo que no conocemos bien, ni lo conoceremos, al no vivir dentro de la familia.


Por esto creo que no se debe de opinar en redes a la ligera, aquí expongo con mucha cautela que toda persona esta en su derecho de acabar con su vida, si no es capaz de seguir viviendo en unas extremas condiciones de sufrimiento pero por otra parte no tengo claro si es este caso o si es en otros casos se dedicaran todos los recursos en psiquiatría para evitar esta decisión.

Es por tanto una aproximación general para entender el proceso de la eutanasia, para contrastar diferentes opiniones de expertos, para aprender en puedo estar acertado y en que estoy errado, para ello primero hare un repaso de la ley, despues compare con otros paises, despues leere la opinión de los psiquiatras, y finalmente planteare las dudas que me plantean la aplicación de la ley.

I-Repaso breve de la normativa

Dos médicos independientes deben confirmar:

  • Que existe un sufrimiento grave, crónico e imposibilitante.

  • Que no hay tratamientos razonables que la persona considere aceptables.

  • Que la decisión es libre, informada y sostenida en el tiempo.

Si hay cualquier duda sobre la capacidad de decidir, se requiere valoración psiquiátrica. Esto no es opcional: es obligatorio cuando existe sospecha de trastorno que pueda afectar al juicio.


Revisión por una Comisión independiente

La Comisión de Garantía y Evaluación revisa todo el expediente antes de autorizar el procedimiento.

la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE) establece que la decisión no recae directamente en un juez, sino en un proceso sanitario y ético muy estructurado

En España no hay una sola Comisión, sino Comisiones de Garantía y Evaluación autonómicas. Su función es doble:

  • Antes de la prestación (fase previa):

    • Revisar reclamaciones cuando el médico responsable deniega la solicitud.

    • Resolver conflictos de interés (por ejemplo, objeción de conciencia o discrepancias entre profesionales).

    • Desbloquear casos dudosos cuando los dos miembros designados para verificar requisitos no se ponen de acuerdo.

  • Después de la prestación (fase de control):

    • Verificar en un plazo máximo de dos meses si la ayuda para morir se ha realizado conforme a la ley y al procedimiento.

    • Revisan documentación anonimizada y, solo si hay dudas, pueden levantar el anonimato y pedir más información clínica.

  • Además:

    • Si la Comisión confirma la denegación, la persona puede recurrir ante la jurisdicción contencioso‑administrativa (es decir, ante los jueces).

    • La propia Ley Orgánica 3/2021 define estas Comisiones como una garantía adicional, no como quienes deciden “a solas”, sino como un órgano de supervisión y resolución de conflictos

    Qué criterios usan los psiquiatras para evaluar la capacidad de decisión

    La ley no da un “test psiquiátrico concreto”, pero sí exige que la decisión sea:

    • Libre

    • Consciente

    • Informada

    • Mantenida en el tiempo

    Cuando hay dudas sobre la capacidad, se pide valoración psiquiátrica. En la práctica clínica, los psiquiatras suelen fijarse en:

    Capacidad de comprender:Que la persona entienda su diagnóstico, pronóstico y alternativas (incluidos cuidados paliativos).

    Capacidad de razonar:Que pueda explicar por qué quiere la prestación, qué espera de ella, y que sus argumentos sean coherentes con sus valores previos.

    Capacidad de apreciar consecuencias:Que entienda que la decisión es irreversible y que no se trata de algo impulsivo.

    • Ausencia de trastornos que anulen el juicio:

      • Por ejemplo, una depresión grave que distorsione totalmente la percepción de sí mismo, del futuro o del sufrimiento.

    En la literatura bioética y clínica se insiste en que tener un trastorno mental no implica automáticamente incapacidad, pero sí obliga a una evaluación más cuidadosa y, a veces, a tratar primero ese trastorno antes de considerar la eutanasia.

    En resumen: el psiquiatra no evalúa si la persona “está triste” o “sufre mucho” (eso ya se sabe), sino si tiene capacidad real para tomar una decisión tan extrema y definitiva

    “¿Podemos estar seguros de que se han utilizado todos los medios psiquiátricos para evitar el desenlace?”

    • Seguridad absoluta, no.

    • Altísimo nivel de garantías, sí, si el procedimiento se ha seguido correctamente:

      • Evaluaciones médicas independientes.

      • Posible valoración psiquiátrica cuando hay dudas.

      • Plazos de reflexión.

      • Revisión por la Comisión.

      • Posibilidad de recurso ante los tribunales.

    La inquietud, es el miedo a que alguien pida morir cuando en realidad podría haber seguido viviendo si hubiera recibido otro tipo de ayuda, tratamiento o acompañamiento. Esa duda es legítima y, de hecho, es la razón por la que estas leyes son tan garantistas y tan discutidas.

    Otro tema de debate complejo: ¿Cómo equilibrar la autonomía personal con la protección de la vida cuando hay sufrimiento extremo?


    Inciso:

    El siguiente titular : "Noelia gana " me ha parecido patético

    Comparación con otros países

    Países Bajos

    • La eutanasia está regulada desde 2002.

    • Requisitos clave:

      • Sufrimiento insoportable sin perspectiva de mejora.

      • Solicitud voluntaria y bien considerada.

      • Consulta obligatoria con un segundo médico independiente.

    Tras la prestación, el caso se remite a una Comisión Regional de Revisión, que evalúa si se cumplieron los criterios legales.

    Se permite en algunos casos incluso cuando el sufrimiento es principalmente psíquico, pero con controles muy estrictos y mucha controversia social y ética.

    Bélgica

    • También regulada desde 2002.

    • Requisitos similares: sufrimiento físico o psíquico constante e insoportable, sin perspectiva de mejora, y solicitud voluntaria.

    • En casos de trastorno mental como causa principal, se exige la valoración de al menos dos médicos, uno de ellos psiquiatra, y plazos de reflexión más largos.

    • También existe un sistema de Comisiones de Control y Evaluación que revisan los casos a posteriori.

    Canadá

    • La “Medical Assistance in Dying” (MAiD) está regulada a nivel federal.

    • Requisitos:

      • Enfermedad grave e irremediable.

      • Sufrimiento intolerable.

      • Capacidad para tomar decisiones.

    • Se han ido ampliando los supuestos, incluyendo progresivamente algunos casos de trastornos mentales, lo que ha generado un debate muy intenso sobre si es posible garantizar de verdad la capacidad y la ausencia de alternativas razonables.

    ¿Qué tiene en común España con estos países?

    • Modelo sanitario‑ético con control posterior:

      • En todos hay una combinación de decisión clínica (médicos, psiquiatras) y comisiones de revisión que supervisan el cumplimiento de la ley.

    • Énfasis en la autonomía y en la capacidad de decisión:

      • No basta con sufrir; hay que poder decidir de forma libre y competente.

    • Múltiples filtros:

      • Varios profesionales, plazos de reflexión, posibilidad de revocar la solicitud, y revisión posterior del caso.

    La diferencia principal es que España, de momento, es más restrictiva con los casos de sufrimiento exclusivamente psíquico y ha puesto mucho peso en la idea de “padecimiento grave, crónico e imposibilitante” o “enfermedad grave e incurable”, normalmente de base física.

    • https://www.sanidad.gob.es/eutanasia/ciudadania/informacionBasica.html

    ¿Cómo podemos estar seguros de que una persona que pide morir no lo hace porque el sistema no le ha ofrecido toda la ayuda posible para vivir?

    El punto es delicado.

    La Ley de Eutanasia exige que la persona:

    • Tenga capacidad de decisión.

    • Haya recibido información completa sobre alternativas.

    • No esté influida por un trastorno mental que distorsione su juicio.

    Si el sistema no ofrece suficientes medios psiquiátricos, pueden surgir dudas razonables:

    ¿Se ha tratado adecuadamente la depresión, ansiedad o sufrimiento emocional?
    ¿Se ha ofrecido psicoterapia intensiva o solo medicación?
    ¿Se ha evaluado la capacidad con tiempo suficiente?
    ¿Se han explorado alternativas como cuidados paliativos integrados con apoyo psicológico?

    La ley es garantista, pero las garantías dependen de los recursos disponibles

    Cómo lo gestionan otros países con más tradición en eutanasia?

    🇳🇱 Países Bajos

    • Tienen equipos especializados en evaluar casos complejos, incluidos psiquiátricos.

    • La formación en capacidad de decisión está muy desarrollada.

    • Hay más recursos en salud mental per cápita.

    Bélgica

    • En casos de sufrimiento psíquico, la ley exige al menos dos psiquiatras y plazos más largos.

    • Hay protocolos específicos para evaluar capacidad en trastornos mentales

    Canadá

    • Han retrasado la ampliación de la eutanasia por trastorno mental precisamente por falta de recursos psiquiátricos suficientes para garantizar evaluaciones seguras.

    En resumen: los países que permiten eutanasia en casos complejos han reforzado mucho la psiquiatría, porque sin eso el sistema no es seguro.

    Entonces, ¿qué implica la falta de medios psiquiátricos en España?

    Implica que:

    • La ley puede ser garantista, pero la práctica depende de recursos que a veces no están.

    • Puede haber casos en los que no se haya explorado todo el potencial terapéutico antes de llegar a una solicitud de eutanasia.

    • La evaluación de capacidad puede ser técnicamente correcta, pero no tan profunda como sería ideal.

    En España se está trabajando en un anexo específico al Manual de Buenas Prácticas para casos de enfermedad mental, precisamente porque ahora hay demasiadas dudas.
    • https://www.infobae.com/espana/agencias/2024/10/18/psiquiatras-piden-mas-tiempo-para-estudiar-los-casos-de-eutanasia-con-enfermedad-mental/
    Mi preocupación no es exagerada: es compartida por muchos profesionales de salud mental

     La presidenta de la Asociación Española de Psiquiatría Legal, Blanca Morera, apuesta por una flexibilización de los plazos que establece la ley de eutanasia en casos de salud mental y espera que la reforma del Manual de Buenas Prácticas que estudia Sanidad despeje dudas sobre la aplicación de la norma en estos pacientes

    Morera, que es también integrante de la Comisión de Garantía y Evaluación de Eutanasia de Euskadi, señala en una entrevista a EFE que en España "no ha habido un tiempo de reflexión previa a la aprobación de la norma" como han hecho países como Canadá, que ha planteado incluso una moratoria para los casos de pacientes mentales

    En enfermos mentales pueden surgir problemas a la hora de valorar su capacidad de decidir, en determinar la incurabilidad de su dolencia.

    Morera considera que la ley "no deja mucho espacio de tiempo y establece unos plazos muy cortos en los procedimientos". "No digo que haya que alargarlos siempre pero si flexibilizarlos", afirma

    "Hay casos en los que los psiquiatras no tenemos información suficiente sobre el historial del paciente porque pertenece a otra comunidad autónoma o se ha tratado en la sanidad privada" y los 15 días que tiene el médico responsable, al que se dirige la solicitud, para examinar concienzudamente la historia del paciente "es poco".

    • https://www.infobae.com/espana/agencias/2024/10/18/psiquiatras-piden-mas-tiempo-para-estudiar-los-casos-de-eutanasia-con-enfermedad-mental/?

    La Dra. Blanca Morera ha explicado que “en nuestro país la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación de Eutanasia 3/2021 de 24 de marzo arrancó en el segundo semestre del año, a medida que se configuraron las diferentes Comisiones de Garantías y Evaluación de la Eutanasia que debían verificar los casos”. Ha señalado que “nuestra norma en ningún momento contempla un trato diferenciado para las personas con trastorno mental, ni ningún otro grupo de pacientes, sino que optó por un sistema de criterios (mayoría de edad, contexto eutanásico, capacidad, etc.) para dar o no acceso a la prestación”.

    Ha comparado la situación internacional explicando que “esta no es una situación homogénea en los países que han regulado la posibilidad de solicitar intervenciones sanitarias para terminar la vida; algunos países como EEUU (no todos los estados, 17 de ellos) han regulado únicamente el suicidio asistido y únicamente en personas en final de vida (proceso terminal), otros países como Países Bajos han regulado tanto la eutanasia como el suicidio asistido y no excluye ningún colectivo de pacientes y, finalmente, países como Canadá han planteado una demora en la aplicación de la ayuda médica para morir (MAID) en el caso de las personas con trastorno mental. En definitiva, la situación internacional es muy diferente”.

    En cuanto a la situación en España, ha explicado que “la polémica, que ya había generado reflexiones y posicionamientos públicos (como el de la Sociedad Española de Psiquiatría o la Comisión de Comités de Ética Asistencial de Euskadi), se generaliza tras la sentencia del Tribunal Constitucional 19/2023 de 22 de marzo en respuesta al recurso de inconstitucionalidad contra la LORE presentado por VOX”. Ha añadido que “en dicha sentencia se recogen afirmaciones que para algunos sugieren la improcedencia de la aplicación de esta norma en personas con trastorno mental, mientras que para otros no es así”.

    Un caso reciente en Catalunya, ha explicado, “en el que el padre de la solicitante ha conseguido parar el proceso por vía judicial, ha terminado de poner sobre la mesa las preguntas fundamentales: ¿Cabe aplicar la prestación en personas con trastorno mental por dicho trastorno? ¿Se deberían modificar procedimientos para aumentar las garantías? ¿Cuáles son los problemas en este colectivo de personas que pueden dificultar la aplicación de la norma o que deberían limitar su aplicación?”.

    La Dra. Blanca Morera ha destacado que “el tema es muy relevante porque supone, de entrada, plantearse si es posible excluir un colectivo de la aplicación de una ley orgánica. Esta discriminación debería justificarse. Toca a los juristas analizar lo que esto supone”.

    Desde su perspectiva como psiquiatra en ejercicio y miembro de la CGyEE de Euskadi, ha señalado que “el desafío que una persona con un trastorno mental plantea a la aplicación de la norma tiene que ver con otros elementos”.

    El primero de ellos, ha explicado, “tiene que ver con el requisito de capacidad y las garantías de voluntariedad, de forma que se pueda garantizar que se trate de una petición autónoma de una persona competente”. Ha advertido que “citar este problema es un arma de doble filo: por una parte, negar cómo las enfermedades psiquiátricas más graves afectan al psiquismo de algunas personas y, en algunas ocasiones, la capacidad para tomar algunas decisiones, sería negar la evidencia de la práctica cotidiana. Por otra parte, no presuponer la capacidad supondría un ejercicio de paternalismo rechazable”. En su opinión, “toca establecer cómo realizar esta valoración, pero no sólo en las personas con TM”.

    El segundo elemento, ha señalado, “tiene que ver con el requisito, en el contexto de no-terminalidad, de acreditar que el trastorno es incurable, que no cabe hacer nada más, que esta persona concreta no va a mejorar. En muchas enfermedades y trastornos, también en psiquiatría, este no es un tema fácil, más aún cuando los sistemas públicos no siempre dan acceso cumplido a tratamientos probados (pensemos en la psicoterapia en los trastornos graves de personalidad). Como un psiquiatra puede tratar con un paciente la abstención terapéutica, cuando puede decir ‘hasta aquí llego’ y cómo esto afecta al vínculo, no es fácil de determinar en una profesión que ‘pelea’ intentos de mejora casi hasta el infinito y más allá”.

    Ha destacado, además, “un tercer elemento delicadísimo: la relación entre trastorno mental y suicidio, que incuestionablemente nos lleva a la pregunta acerca de si la petición de ayuda para morir en una persona con TM no es un suicidio encubierto e institucionalizado, una petición de ayuda”. Ha añadido que, “en un momento en que toda la sociedad lucha contra lo que se considera casi una plaga, y dado que nuestros pacientes son los que más llegan a esa situación límite, ¿cómo articulamos el mensaje de prevenir el suicidio y ayudar a morir?”.

    Finalmente, ha añadido que “entendiendo que estamos resumiendo mucho una cuestión muy compleja, ¿cómo considerar los determinantes externos de esta decisión? ¿Cómo trabajar con la vulnerabilidad estructural (el estigma, la marginalización, el deterioro global) que puede llevar a una petición de ayuda para morir?”.

    Ha concluido afirmando que “parece evidente que desde la no discriminación se requieren estrategias específicas de abordaje y evaluación. Los procedimientos actuales pueden no ser suficientemente flexibles y tienen problemas de aplicación. De todo esto hay que hablar

    • https://sepsm.org/la-psiquiatria-advierte-sobre-las-dificultades-eticas-y-practicas-de-aplicar-la-eutanasia-en-pacientes-con-trastorno-mental/?

    La ley española es, en teoría, muy garantista, pero necesita criterios más detallados para casos psiquiátricos (capacidad, irreversibilidad, vulnerabilidad)

    • https://www.elperiodico.com/es/ser-feliz/20241018/psiquiatras-avalan-ley-eutanasia-incluya-sufrimiento-psiquico-10966248

    Mientras los pacientes ponderan aspectos psicológicos y éticos para evaluar su sufrimiento, los profesionales de la salud se enfocan en parámetros objetivos, como la eficacia y duración de tratamientos, para determinar reducciones significativas del sufrimiento (Van Veen S, et al., 2022a, y 2022b).

    Algunos pacientes con trastornos mentales que solicitaron la eutanasia a menudo expresaron que no deseaban morir, sino que encontraban insostenible su existencia actual. Argumentaban que la insoportabilidad del sufrimiento se compone de varios elementos: síntomas de la enfermedad mental, falta de relaciones satisfactorias, dificultad para encontrarle sentido a la vida y percepción de un sufrimiento interminable (Pronk R., et al., 2022). Estos pacientes hallaban cierto alivio al poder expresar su deseo de morir y tener la opción de la eutanasia, lo que les proporcionaba reconocimiento a su situación y sufrimiento, otorgándoles una paz mental que, paradójicamente, podría reducir su deseo de morir. Muchos señalaban sentirse ignorados por los profesionales de la salud. Algunos indicaron que su deseo no era morir, sino dialogar con un médico para sentirse escuchados. Esto sugiere que la falta de atención adecuada en salud mental podría llevar a las personas a considerar la eutanasia como alternativa (Pronk R., et al., 2022).

    Como se ha indicado, la valoración del sufrimiento insoportable abarca múltiples dimensiones

    Como se ha mostrado, la cuestión de la eutanasia en salud mental es un tema éticamente conflictivo. Las dificultades conceptuales de los criterios exigidos por la LORE hacen que se tenga que replantear a fondo algunos conceptos.

    En primer lugar, el sufrimiento mental, al ser intrínsecamente subjetivo, hace que sea muy difícil entenderlo y plantea preguntas sobre su evaluación, e incluso introduce la cuestión sobre la futilidad en salud mental y la legitimidad de imposición de valores paternalistas que niegan una petición de eutanasia

    Y sobre las implicaciones bioéticas de este estudio, se ha defendido la idea de que el respeto a la autonomía es esencial

    Una mirada holística del paciente implica una evaluación más matizada del sufrimiento, que reconozca su complejidad y la profundidad, por lo que se ha descartado posturas tradicionales que priorizan el sufrimiento físico sobre el mental

    • https://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1886-58872025000100009&utm_source=copilot.com

    Muchos psiquiatras y sociedades científicas han señalado:

    • Dificultades éticas y prácticas para aplicar la eutanasia en trastorno mental:

      • Distinguir sufrimiento irremediable de sufrimiento tratable.

      • Evaluar capacidad en personas con depresión grave, psicosis, trastornos de personalidad, etc.

    • https://sepsm.org/la-psiquiatria-advierte-sobre-las-dificultades-eticas-y-practicas-de-aplicar-la-eutanasia-en-pacientes-con-trastorno-mental/?
    Si el sistema no ofrece un camino razonable para vivir con el sufrimiento, la opción de morir corre el riesgo de ser una “salida” condicionada por la falta de alternativas, no una elección plenamente libre.

    Se ha señalado que en España no hubo un largo periodo de debate y preparación antes de aprobar la ley, a diferencia de otros países, y que los recursos de salud mental no están a la altura de la complejidad del tema.

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    Noelia, nació en una familia muy desestructurada, las adicciones y los problemas de salud mental de los padres hicieron que Noelia pasara buena parte de su infancia y adolescencia en centros de menores

    “Por fin lo he conseguido. A ver si ya puedo descansar porque no puedo más con esta familia, con los dolores, con todo lo que me atormenta en la cabeza de lo que he vivido”, ha dicho la mujer. “No quiero ser ejemplo de nadie, simplemente es mi vida y ya está”.

    Según relata ella misma, sufrió violaciones, intentos de suicidio, consumo de drogas, mala relación con el padre, invalidez, dolor crónico, esta claro que no son “detalles sueltos”: son un cóctel de factores de altísimo riesgo psiquiátrico y de sufrimiento profundo.

    “Mi padre me vio caer y no pudo hacer nada”, ha dicho este miércoles en Ahora Sonsoles

    "Es padre y no quiere perder a una hija, pero no me hace caso. No me llama nunca, no me escribe nunca. Lo único que hace es traerme comida. ¿Para qué me quiere viva? ¿Para tenerme en un hospital?“

    • https://elpais.com/sociedad/2026-03-25/noelia-antes-de-su-eutanasia-no-quiero-ser-ejemplo-de-nadie-simplemente-es-mi-vida.html

    Con esos elementos, y viendo como se expresa Noelia, con contradicciones es muy razonable pensar en cosas como:
    • Trauma grave y complejo: Violaciones y mala relación con figuras de apego (como el padre) son terreno fértil para trastorno de estrés postraumático, depresión, disociación, problemas de autoestima, autolesiones, etc.

    • Patología dual (trastorno mental + consumo de sustancias): El consumo de drogas muchas veces no es “vicio”, sino intento de anestesiar dolor psíquico. Eso se llama patología dual: trastorno mental y adicción coexistiendo y potenciándose mutuamente, con más riesgo de suicidio y peor pronóstico si no se trata de forma integrada.
    • Riesgo suicida elevado y crónico: Intentos previos de suicidio + trauma + consumo + dolor físico + invalidez = una combinación que multiplica el riesgo

    Todo eso, mezclado con dolor físico e invalidez, hace que el caso no sea solo “eutanasia sí o no”, sino: ¿cuánto de este sufrimiento es realmente irremediable y cuánto es fruto de un sistema que no ha sabido/querido tratar bien lo psíquico?


    Por qué estos casos son tan complejos

    Porque se mezclan tres capas:

    • Capa física: dolor, invalidez, limitaciones reales del cuerpo.

    • Capa psíquica: trauma, depresión, ansiedad, posible trastorno de personalidad, desesperanza.

    • Capa social: relaciones familiares dañinas, posible soledad, precariedad, falta de apoyo.

    Si solo miras la invalidez y el dolor, puedes pensar:

    “Su vida es objetivamente insoportable, tiene sentido que pida morir”.

    Si miras también el trauma, las drogas, los intentos de suicidio, puedes pensar:

    “Quizá está pidiendo morir porque nadie ha sabido sostener su dolor psíquico”.

    Y las dos cosas pueden ser verdad a la vez. Ahí está la tragedia.

    Por qué este casos es aún más complejo

    1. Los intentos de suicido son anteriores al caso actual, primero puede existir un problema psiquico

    2. El caso actual puede pesar mas el problema fisico (dolor extremo neuropático, crónico e irreversible, que debe ser sondada varias veces al día para q no le colapse la vejiga)

    3. El desenlace puede ser la suma de ambos

    Una de las claves que quiero resaltar:

    El padre insiste en problemas de salud mental de su hija, los padres conocen bien a su hijos, si hay problemas psiquiatricos graves, la impotencia de los padres para ayudar a sus hijos durante toda su vida para que puedan salir de sus problemas trastoca a toda la familia, ante la impotencia de encontrar remedio, remedio que muchas veces no encuentran los médicos. La complejidad de estos casos, impide ponerse del lado del padre o de la madre, al ser asuntos familiares complejos y traumáticos, que solo conocen ellos.

    Antes de llegar a una decisión de eutanasia con alguien con este historial, seguramente se ha realizado :

    • Tratamiento intensivo del trauma: Psicoterapia especializada (EMDR, terapia de trauma, terapia dialéctico-conductual, etc.), no solo medicación.

    • Abordaje de la patología dual: Tratamiento conjunto de consumo de sustancias y trastorno mental, no por separado.

    • Evaluación psiquiátrica profunda y repetida: No una sola entrevista, sino varias, en distintos momentos, valorando capacidad, cambios, ambivalencias.

    • Apoyo social y relacional: Trabajo con el entorno, protección frente a vínculos dañinos, redes de apoyo, recursos comunitarios.

    -En resumen mi preocupación desde el principio es intentar saber en cual de los dos posibles casos nos encontramos:


    A. Se ha realizado todo lo anterior ,  y el sufrimiento sigue siendo grave, persistente y sin horizonte razonable de mejora, entiendo que se aplica bien la ley y esta persona esta en todo su derecho de demandar la eutanasia


    B .No se ha realizado todo lo anterior y hay un abandono terapéutico de una persona destrozada por el trauma y el dolor


    ** Confio en la profesionalidad de los médicos y en este caso es el caso ha sido el caso A (los tribunales han dado especial relevancia a estos informes, ya que son la base que respalda la legalidad de la petición de Noelia frente a las objeciones de su padre.)


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    Mañana leere los siguientes articulos y entrevista, por si debo de rectificar algún comentario, debi leerlos primeros antes de redactar, pero aún no he tenido tiempo


    https://www.antena3.com/programas/y-ahora-sonsoles/entrevista-completa-noelia-joven-25-anos-que-logrado-eutanasia_2026032569c427a773941a3222ccfa2e.html

    La complejidad del caso de Noelia Castillo

    Se ha abierto un debate público sobre el alcance de la ley, aunque este no debe desarrollarse desde el simplismo y la polarización, tal y como, por desgracia, está ocurriendo

    • https://www.elmundo.es/opinion/editorial/2026/03/27/69c5b8a7e4d4d8d10e8b4581.html

    La joven relata tres episodios. El primero ocurrió, cuenta, con un chico que fue su pareja durante cuatro años y que una noche abusó de ella, después de que ella se hubiera tomado unas pastillas para dormir. El segundo, en una discoteca, cuando “dos chicos intentaron abusar sexualmente” de ella, relata. Y el tercero, también en una discoteca, cuando explica que le agredieron “tres chicos a la vez”; añade que eso ocurrió “tres o cuatro días antes” de tirarse por el balcón, en un quinto piso: el 4 de octubre de 2022, cuando tenía 21 años. Ese intento de suicidio fue el que le provocó una “paraplejia completa”.


    Según los informes de psiquiatría de su historia clínica, Noelia presenta “síntomas depresivos de forma crónica”, así como un “trastorno de adaptación con síntomas de ansiedad y de depresión”. Los informes descartan, sin embargo, que sufra un trastorno depresivo mayor que merme su capacidad de decidir.

    • https://elpais.com/sociedad/2026-03-26/los-bulos-sobre-noelia-castillo-de-la-violacion-de-menas-a-la-eutanasia-por-depresion.html

    Leyendo ahora estos comentarios:


    "Esta mujer no tenía una enfermedad no recuperable, ni una discapacidad al cien por cien. Podía andar. Pero padecía un trastorno límite de personalidad, un trastorno en el cual el paciente distorsiona la realidad, y atraviesa sufrimiento psíquico que se puede llegar a hacer insoportable si no se le ofrece un tratamiento adecuado. "


    https://x.com/LaEtxebarria/status/2037520103571431806


    ¿Cómo una persona con varios intentos de suicidio, tres violaciones, trastorno obsesivo compulsivo, trastorno límite de la personalidad y síntomas depresivos crónicos puede estar en condiciones de decidir sobre su vida?


    Una cosa básica y simple que suele explicarse en los primeros compases de cualquier asignatura de Ética es que la legalidad de una acción (derecho positivo) no agota el debate en torno a su justicia o idoneidad moral"


    Con esta contestación:

    "No hay ningún debate. Es una decisión personal avalada por todos los tribunales por los que ha pasado"


    -Creo que si hay debate porque hay dudas.

    Noelia puede ejercer su decisión, la duda es cuando una persona tiene problemas mentales graves (no puedo asegurar que este sea el caso) en este caso quien conoce bien la situación son los padres, y no se hasta que punto ponderan los argumentos de la familia, hasta que no tenga todo leido, pienso que la opinión que más se debería escuchar es la de los padres que conocen bien a sus hijos, ellos saben si es más un problema mental, fisico, o ambos. Los padres son los primeros que no quieren ver sufrir a sus hijos.


    Es muy triste leer opiniones que muy tóxicas y precipitadas, sobre un tema muy complejo, que solo debió opinar la afectada, por ser su decisión y sus padres quienes quieren lo mejor para sus hijos, que puede ser que dejen de verla sufrir y acepten su decisión o que tenga verdadera ayuda para que no tome esta decisión. Las dudas que quedán quizas las despejaran los informes medicos, hasta entonces seria conveniente evitar opiniones tóxicas.


    Alguien hizo firmar a Noelia un texto en el que pedía aplazar la eutanasia. Firmó el documento "influenciada" y sin saber lo que firmaba. Ergo Noelia era influenciable Ergo Noelia no estaba en condiciones psicológicas de solicitar la eutanasia


    https://www.larazon.es/sociedad/noelia-castillo-firmo-manuscrito-pidiendo-aplazar-eutanasia-pero-sentencia-recoge-que-hizo-ser-consciente-presion-b50m_2026032769c6a5b283aca52e0e3bc8c1.html


    Para reflexionar:

    "Noelia intentó matarse en 2021. Se tiró de un quinto. Si hubiera logrado su objetivo, nadie habría oído jamás hablar de ella. No tendría nombre, ni cara, ni historia. Sería un dígito en las estadísticas anuales del suicidio, como otras 4000 personas al año"

    Juan Soto Ivars


    Es verdad que en nuestro pais no se habla nunca de los miles de suicidios silenciosos por varias causas

    -El suicidio, la "pandemia silenciosa" que se cobra más vidas de jóvenes que el Covid-19 /Auge de adolescentes ingresados en psiquiatría

    -Cada dos horas y media se suicida una persona en España, diez al día: los muertos por suicidio duplican a los de accidentes de tráfico, superan en once veces a los homicidios y en ochenta a los de violencia de género

    • https://articulosclaves.blogspot.com/2019/11/cada-dos-horas-y-media-se-suicida-una.html

    Tema silenciado

    • https://articulosclaves.blogspot.com/2019/11/que-pasa-con-los-suicidios-en.html
    • https://articulosclaves.blogspot.com/2022/02/el-suicidio-la-pandemia-silenciosa-que.html

    Salud mental: un tema tabú que precisa de una visión integral

    • https://articulosclaves.blogspot.com/2021/07/salud-mental-un-tema-tabu-que-precisa.html

    (No conozco ni los  bulos, ni la entrevista, y lo que digan los politicos sobre el asunto me importa muy poco, estamos todos de ellos y su oportunismo y frentismo hasta las narices)

    • https://elpais.com/sociedad/2026-03-25/noelia-antes-de-su-eutanasia-no-quiero-ser-ejemplo-de-nadie-simplemente-es-mi-vida.html

    Su padre sostenía que su hija no estaba en condiciones de tomar una decisión tan trascendental porque sufría un trastorno límite de personalidad que impedía decidir algo así. 

    • https://blog.hernandez-vilches.com/actualidad/la-justicia-apoya-la-eutanasia-de-noelia-que-derechos-estan-en-juego/
    • https://www.mayoclinic.org/es/diseases-conditions/borderline-personality-disorder/diagnosis-treatment/drc-20370242
    • https://www.amaitlp.org/acerca-del-tlp/tratamiento-trastorno-limite-personalidad/
    • https://www.ags-psicologosmadrid.com/depresion/trastorno-limiete-de-la-personalidad/
    • https://elpais.com/sociedad/2026-03-26/noelia-castillo-ante-su-eutanasia-tras-601-dias-de-espera-no-puedo-mas-con-esta-familia.html
    • https://www.elmundo.es/opinion/editorial/2026/03/27/69c5b8a7e4d4d8d10e8b4581.html
    • https://www.abc.es/sociedad/medicos-sobre-noelia-fracaso-sociedad-medicina-debemos-20260326042505-nt.html
    • https://www.eldebate.com/espana/cataluna/barcelona/20260325/abogado-padre-noelia-generalitat-opero-logro-subiera-escaleras-ahora-mata_400112.html?fbclid=PAZXh0bgNhZW0CMTEAc3J0YwZhcHBfaWQPMTI0MDI0NTc0Mjg3NDE0AAGnkodk_KvLRrqJ5w0WImQkwAw9nOtX1d4ED6xFpt7jbsY41ZwGtfz-ZtktXo4_aem_BZxBMCRDMMn7q0MAOuWp1A#utm_source=rrss-comp&utm_medium=tw&utm_campaign=fixed-btn
    • https://www.elperiodico.com/es/sociedad/20260326/cronologia-caso-noelia-eutanasia-128429900
    • https://www.dw.com/es/se-lleva-a-cabo-controvertida-eutanasia-a-una-joven-en-espa%C3%B1a/a-76552432
    • https://clinicajuridica.usal.es/2025/03/24/noelia-y-el-derecho-a-decidir-una-muerte-digna/


    Conclusión

    La cuestión es si esto se olvidara, como se olvidan los cientos de suicidios

    Este es el problema de fondo : los miles de suicidios silenciosos por varias causas

    • https://articulosclaves.blogspot.com/2026/03/afectado-por-el-caso-noelia.html

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