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domingo, 29 de marzo de 2026

El trasfondo cultural: autonomía, tabú de la muerte y devaluación de la vulnerabilidad

El trasfondo cultural: autonomía, tabú de la muerte y devaluación de la vulnerabilidad

El debate sobre la eutanasia no se agota en la ley ni en los tribunales. También remite a una transformación cultural más profunda. El filósofo uruguayo Miguel Pastorino, en La eutanasia no es lo que parece, sitúa el problema en un marco más amplio: la ambigüedad de conceptos como “muerte digna”, la progresiva confusión del debate público y una cultura que, a su juicio, ha convertido la muerte en tabú, ha vaciado de sentido el sufrimiento y ha absolutizado la autonomía individual. El libro se presenta expresamente como una indagación sobre las raíces filosóficas y socioculturales que han llevado a varios países a aceptar la eutanasia como un derecho.

Esa mirada, discutible en algunos puntos pero intelectualmente relevante, obliga a formular una pregunta incómoda: si el sufrimiento, la dependencia y la fragilidad se viven cada vez más como fracasos personales o sociales, ¿no corre el riesgo una sociedad de deslizarse hacia la idea de que algunas vidas son menos valiosas que otras? Pastorino advierte precisamente contra esa reducción de la dignidad a la calidad de vida y contra una comprensión de la libertad desligada de la vulnerabilidad y de los vínculos de cuidado.

No se trata de asumir sin más esa tesis, pero sí de reconocer que el debate público suele oscilar entre dos simplificaciones: o bien se presenta la eutanasia como una conquista incuestionable de libertad, o bien se la reduce a un choque moral abstracto. Y entre ambos polos quedan fuera cuestiones decisivas: cómo se acompaña a quien sufre, qué valor otorgamos a la dependencia y hasta qué punto el sistema sanitario y social ofrece alternativas reales antes de que una persona concluya que no puede seguir viviendo.

El gran tabú: los suicidios que no ocupan el centro del debate

Hay además una paradoja de fondo. Mientras la eutanasia concentra atención política, jurídica y mediática, el suicidio continúa siendo una realidad mucho más silenciada. Y ese silencio importa, porque en los casos de sufrimiento psíquico grave la frontera entre una decisión autónoma y una petición desesperada de ayuda puede volverse borrosa. La propia SEPSM ha advertido de “un tercer elemento delicadísimo”: la relación entre trastorno mental y suicidio, hasta el punto de preguntarse si en algunos casos la petición de ayuda para morir puede ser “un suicidio encubierto e institucionalizado”.

La psiquiatra Blanca Morera ha formulado el dilema con especial claridad: en una sociedad que combate el suicidio como una plaga, resulta inevitable preguntarse “¿cómo articulamos el mensaje de prevenir el suicidio y ayudar a morir?”. Su advertencia no es marginal, sino central: no cuestiona de forma simplista la ley, pero sí señala que los procedimientos actuales “pueden no ser suficientemente flexibles” y que persisten problemas prácticos de aplicación, sobre todo cuando entran en juego capacidad, voluntariedad, incurabilidad y vulnerabilidad estructural.

Falta de medios, seguimiento insuficiente y respuestas desiguales

Ese es, quizá, el punto más inquietante del debate: las garantías legales dependen de la capacidad real del sistema para cuidar, tratar y acompañar. Morera subraya que acreditar que en psiquiatría “no cabe hacer nada más” no es sencillo, “más aún cuando los sistemas públicos no siempre dan acceso cumplido a tratamientos probados”, como la psicoterapia en trastornos graves de personalidad.

En una línea distinta, pero coincidente en lo esencial, la psiquiatra Iria Domínguez ha advertido de que la discusión sobre eutanasia por sufrimiento psíquico obliga a preguntarse si el sistema sanitario y social está dando “una buena respuesta al sufrimiento psíquico grave”. Domínguez insiste en que los acompañamientos psicoterapéuticos y psicosociales “siguen siendo irregulares e insuficientes”, y liga buena parte del malestar mental grave a trayectorias de adversidad, trauma infantil, pobreza, desigualdad, fragilidad de redes sociales y falta de oportunidades. Su tesis no es abolir el debate sobre derechos, sino recordar que una demanda individual puede expresar también un problema estructural que el Estado no debería invisibilizar.

Dicho de otro modo: el riesgo no está solo en una mala aplicación de la ley, sino en algo más profundo. Si los recursos destinados a paliativos, rehabilitación y salud mental son escasos o desiguales, la autonomía puede quedar vaciada de contenido real. La elección de morir podría no ser únicamente una expresión de libertad, sino también la consecuencia de una atención insuficiente, tardía o fragmentada. El Manual de Buenas Prácticas en vigor ya presenta la prestación como un derecho individual dentro de un procedimiento “garantista”, basado en varias verificaciones y controles. Pero ese diseño formal no resuelve por sí solo la desigualdad de medios con que se aplica sobre el terreno.

Agilizar plazos no responde al problema de fondo

A ello se añade la discusión más reciente sobre la actualización del Manual de Buenas Prácticas. El Ministerio de Sanidad ha preparado una nueva edición que busca abreviar trámites en los casos urgentes, reforzar el papel de la enfermería y homogeneizar el acceso entre comunidades, en un contexto en el que, según El País, un tercio de quienes solicitan la prestación fallecen antes de recibirla y existen grandes diferencias territoriales.

Pero aquí aparece otra objeción de fondo: agilizar no equivale necesariamente a cuidar mejor. Puede resolver trabas burocráticas en pacientes terminales o con deterioro rápido, pero no responde por sí mismo al déficit de seguimiento longitudinal, de psicoterapia intensiva, de acompañamiento social o de recursos comunitarios en salud mental. Si el sistema reacciona antes para tramitar la muerte que para sostener la vida vulnerable, la pregunta ética sigue intacta. El problema de fondo no es solo cuánto tarda un expediente, sino si hubo tiempo, recursos y vínculo suficientes para explorar otras salidas.

Tribunal Supremo, familia y límites de la ley

En paralelo, el Tribunal Supremo ha decidido fijar doctrina sobre si un progenitor puede recurrir judicialmente la concesión de la eutanasia a un hijo adulto con plena capacidad, en un asunto que la propia Generalitat ha planteado alegando que la LORE no prevé legitimación expresa de terceros. Ese paso no invalida la ley, pero sí revela que existen zonas grises importantes: la relación entre autonomía personal, deber estatal de protección y papel de la familia en contextos de posible vulnerabilidad.

Que el Supremo deba pronunciarse sobre esta cuestión indica que el modelo legal todavía está siendo puesto a prueba por los casos más difíciles. Y quizá esa sea la lección principal: en estas materias no basta con proclamar derechos ni con blindar procedimientos. También hay que preguntarse qué cultura del cuidado sostiene esos derechos, qué recursos concretos los hacen realmente libres y qué sociedad estamos construyendo cuando la vulnerabilidad deja de ser un deber de protección para convertirse, aunque sea indirectamente, en una razón para desistir.


Eutanasia, tribunales y familia: los límites de una ley ante los casos más difíciles

El debate sobre la eutanasia ha entrado en una nueva fase. Ya no se discute solo su legitimidad, sino sus límites. La próxima decisión del Tribunal Supremo sobre si un padre puede recurrir la eutanasia concedida a su hijo adulto introduce una cuestión de fondo: ¿hasta dónde llega la autonomía individual y cuándo debe intervenir el entorno o el Estado?

Lejos de ser un caso aislado, lo que está en juego es la interpretación de una ley reciente ante situaciones que ponen a prueba su arquitectura jurídica y ética.

 Una ley garantista… con zonas no resueltas

La Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia se diseñó como un sistema garantista. Establece controles múltiples: evaluación por médicos independientes, posibles informes psiquiátricos y supervisión por comisiones autonómicas.

Sin embargo, hay un elemento que la ley no define con claridad: el papel de terceros, especialmente de la familia.

No se reconoce explícitamente su legitimación para recurrir decisiones, pero tampoco se regula de forma contundente su exclusión. Este vacío es precisamente el que ha llegado al Tribunal Supremo.

Que el alto tribunal deba pronunciarse no significa que la ley sea errónea, pero sí que es incompleta en escenarios límite, aquellos donde confluyen derechos fundamentales en conflicto.

 El núcleo del conflicto: autonomía vs protección

En el fondo, el caso enfrenta dos principios esenciales:

  • El derecho de una persona adulta y capaz a decidir sobre su vida
  • El deber del Estado de proteger la vida, especialmente en situaciones de vulnerabilidad

Cuando no hay dudas sobre la capacidad, el sistema es claro. Pero cuando aparece la sospecha de que esa capacidad puede estar comprometida —por sufrimiento psíquico, trastornos mentales o trayectorias vitales complejas— el equilibrio se vuelve inestable.

Es en ese punto donde emerge la pregunta incómoda: ¿quién debe tener la última palabra?

 La familia: entre el conocimiento y el límite jurídico

El argumento de que los padres o familiares cercanos conocen mejor a la persona afectada tiene una base humana evidente. Han convivido con su historia, han visto su evolución y, en muchos casos, han acompañado procesos de sufrimiento prolongado.

Especialmente en contextos de salud mental, esa mirada puede aportar información relevante:

  • cambios de conducta
  • episodios previos
  • intentos de suicidio
  • patrones de inestabilidad

Sin embargo, el Derecho establece un principio firme:
un adulto con capacidad es plenamente autónomo, incluso frente a su familia.

Reconocer a los padres una legitimación automática para intervenir supondría abrir la puerta a conflictos complejos:

  • judicialización de decisiones íntimas
  • posibles desacuerdos familiares
  • interferencias en la relación médico-paciente

El reto, por tanto, no es elegir entre familia o autonomía, sino determinar en qué condiciones excepcionales la familia puede tener voz sin anular derechos fundamentales.

 El punto más delicado: la capacidad de decidir

Todo el sistema descansa sobre un pilar: la capacidad de decisión.
Y es precisamente aquí donde surgen las mayores dudas.

Evaluar la capacidad no es un acto mecánico. En casos con sufrimiento psíquico:

  • la percepción del futuro puede estar distorsionada
  • la desesperanza puede ser extrema
  • la decisión puede fluctuar

Los psiquiatras advierten que distinguir entre:

  • una decisión autónoma
  • y una expresión del sufrimiento tratable

es una de las tareas más complejas de la práctica clínica.

Además, existen limitaciones prácticas:

  • plazos ajustados
  • falta de información clínica completa
  • recursos desiguales en salud mental

Todo ello introduce una incertidumbre difícil de eliminar completamente.

 El riesgo de fondo: autonomía o abandono

El debate no es solo jurídico, sino también estructural.
Si el sistema no garantiza:

  • acceso a tratamientos intensivos
  • abordaje integral del trauma
  • apoyo psicológico y social suficiente

entonces surge una duda legítima:

¿la decisión de morir es plenamente libre o está condicionada por la falta de alternativas reales?

En este contexto, la eutanasia podría convertirse, en algunos casos, no en una elección entre opciones, sino en la ausencia de ellas.


La decisión del Supremo: más allá de un caso

El Tribunal Supremo no resolverá únicamente una disputa concreta. Su decisión fijará doctrina sobre una cuestión con impacto amplio:

¿puede un tercero —como un progenitor— tener interés legítimo para intervenir en un proceso de eutanasia de un adulto capaz?

La respuesta tendrá consecuencias directas:

  • en el equilibrio entre autonomía y protección
  • en el papel de la familia
  • y en la configuración futura del sistema

 Una ley ante sus propios límites

Toda ley es, en cierto modo, una simplificación de la realidad. Funciona bien en la mayoría de los casos, pero se tensiona en los más complejos.

La eutanasia no es una excepción. Cuando confluyen:

  • sufrimiento físico
  • sufrimiento psíquico
  • vulnerabilidad social
  • conflicto familiar

la aplicación de la norma deja de ser evidente.

La pregunta que permanece

Más allá de tribunales, leyes o posiciones ideológicas, hay una cuestión que sigue en el centro del debate:

¿se ha hecho todo lo posible para ayudar a esa persona a vivir antes de aceptar su decisión de morir?

Responder a esta pregunta no es solo una exigencia legal, sino una responsabilidad ética

 Conclusión

La intervención del Tribunal Supremo no es un fallo del sistema, sino una señal de su complejidad. La ley existe, pero necesita interpretación en los límites donde la realidad supera lo previsto.

El verdadero desafío no es elegir entre autonomía o protección, entre individuo o familia, sino construir un marco capaz de integrar todas esas dimensiones sin caer en simplificaciones.

Porque cuando lo que está en juego es la vida —y la decisión de ponerle fin— las respuestas fáciles no solo son insuficientes. Pueden ser peligrosas.

II-  El gran ausente del debate: el suicidio como realidad silenciada

Hay un elemento que sobrevuela todo este debate y que rara vez se aborda con la misma intensidad: el suicidio.

Mientras la eutanasia ocupa titulares, el suicidio sigue siendo, en gran medida, una realidad invisible. Sin embargo, las cifras son contundentes: es una de las principales causas de muerte no natural, especialmente entre jóvenes, y muy superior a otras causas que sí generan alarma social constante.

Esta asimetría revela una paradoja incómoda:se debate intensamente sobre el derecho a morir, pero se habla poco de por qué tantas personas quieren morir.

 Falta de recursos y seguimiento: una preocupación compartida

Numerosos profesionales de la salud mental llevan años señalando déficits estructurales:

“Los sistemas de salud mental no siempre ofrecen un acceso suficiente a tratamientos intensivos ni un seguimiento continuado en los casos más graves”.

— Sociedad Española de Psiquiatría y Salud Mental

En la práctica, esto se traduce en:

  • listas de espera prolongadas
  • acceso limitado a psicoterapia especializada
  • seguimiento irregular en pacientes de alto riesgo
  • falta de integración entre servicios (psiquiatría, adicciones, atención social)

👉 En este contexto, algunos expertos advierten de un riesgo de fondo:
que la decisión de morir pueda aparecer no solo por la intensidad del sufrimiento, sino por la insuficiencia de la respuesta del sistema.

 El suicidio como “petición de ayuda”

La literatura clínica y bioética ha señalado un aspecto especialmente relevante:

“Muchos pacientes que expresan deseos de morir no quieren morir en sí, sino dejar de sufrir, y buscan ser escuchados”. Pronk et al. (2022)

Esta idea introduce un matiz fundamental:el deseo de morir puede ser, en algunos casos, una forma extrema de expresar desesperación, abandono o falta de alternativas percibidas.

Una tensión difícil de ignorar

Aquí emerge una contradicción que el sistema aún no ha resuelto del todo:

  • Por un lado, se despliegan campañas para prevenir el suicidio
  • Por otro, se regula la ayuda a morir en determinados contextos

Esto obliga a una reflexión profunda:

¿Cómo distinguir entre una decisión autónoma y una situación en la que la persona necesita más apoyo, más tiempo o más recursos?

 Lo que el debate debería incorporar

Más allá de posiciones ideológicas, hay un punto en el que muchos expertos coinciden:

“Sin un sistema sólido de atención en salud mental, cualquier marco legal sobre eutanasia queda incompleto”— Sociedad Española de Psiquiatría y Salud Mental

Esto implica que el debate no puede limitarse a la ley, sino que debe incluir:

  • inversión en salud mental
  • prevención del suicidio
  • acompañamiento continuado
  • detección precoz del sufrimiento

  Eutanasia y salud mental: cuando decidir sobre la muerte exige más que una ley

El debate sobre la eutanasia ha vuelto al centro de la conversación pública, pero lo ha hecho, en muchos casos, desde la simplificación. Se habla de derechos, de libertad individual o de límites legales, pero con frecuencia se pasa por alto lo esencial: estamos ante decisiones extremas que se toman en contextos de sufrimiento profundamente complejos, donde confluyen factores físicos, psíquicos y sociales difíciles de separar.

Reducir este debate a posiciones binarias —a favor o en contra— no solo empobrece la discusión, sino que invisibiliza el verdadero problema: cómo garantizar que una decisión de morir sea realmente libre, informada y tomada cuando ya no existen alternativas razonables para vivir.


 Un proceso garantista… pero no infalible

La legislación establece un procedimiento exigente. La decisión no recae en una sola persona, sino en un sistema de evaluación múltiple: médicos independientes verifican el sufrimiento y la ausencia de alternativas, y una comisión supervisa todo el proceso, resolviendo discrepancias y revisando los casos.

Sobre el papel, las garantías son sólidas. Pero en la práctica, la pregunta clave no es solo si el procedimiento se ha seguido correctamente, sino si ese procedimiento es suficiente para abordar situaciones de una complejidad extrema.

Porque cumplir la ley no siempre equivale a resolver todas las dudas.


 El punto crítico: la capacidad de decidir

El papel de la psiquiatría es central. No se trata de medir el dolor —que ya es evidente— sino de determinar si la persona tiene capacidad real para tomar una decisión irreversible.

Esto implica evaluar si comprende su situación, si razona de forma coherente, si es consciente de las consecuencias y si su decisión es estable en el tiempo. Sin embargo, cuando existen trastornos mentales, la evaluación se vuelve especialmente delicada.

La depresión, el trauma o determinados trastornos de personalidad pueden alterar la percepción del futuro, intensificar la desesperanza o generar deseos de muerte que no siempre reflejan una voluntad plenamente autónoma.

Aquí emerge uno de los mayores riesgos: confundir una decisión libre con una expresión del sufrimiento psíquico.


 Entre el sufrimiento irreversible y el sufrimiento tratable

En medicina física, la irreversibilidad suele ser más clara. En salud mental, en cambio, el pronóstico es incierto. Existen tratamientos, abordajes terapéuticos y procesos de recuperación que pueden requerir tiempo, recursos y continuidad.

Por eso, muchos profesionales plantean una inquietud legítima:
¿cómo asegurar que se han explorado todas las vías posibles antes de aceptar una decisión definitiva?

El riesgo no es teórico. Si el sistema no ofrece todos los recursos disponibles —psicoterapia intensiva, tratamiento del trauma, abordaje de adicciones o apoyo social— la elección de morir podría no ser plenamente libre, sino condicionada por la falta de alternativas.


 La frontera difusa con el suicidio

Otro de los puntos más controvertidos es la relación entre eutanasia y conducta suicida. En contextos de sufrimiento psíquico, esta frontera puede volverse difusa.

La sociedad, por un lado, despliega esfuerzos para prevenir el suicidio, especialmente en personas vulnerables. Por otro, reconoce el derecho a decidir sobre la propia muerte en determinadas condiciones.

Esta tensión plantea una pregunta incómoda:
¿puede existir el riesgo de que algunas solicitudes de eutanasia sean, en realidad, una forma de pedir ayuda?


 Casos complejos: cuando todo se mezcla

Los escenarios más difíciles son aquellos en los que convergen múltiples dimensiones:

  • Dolor físico crónico e incapacitante
  • Trastornos psicológicos o emocionales
  • Trayectorias vitales marcadas por el trauma
  • Entornos sociales o familiares deteriorados
  • Antecedentes de intentos de suicidio

En estos casos, el sufrimiento es real, profundo y acumulativo. Pero también lo es la dificultad para determinar cuánto de ese sufrimiento es verdaderamente irreversible y cuánto podría mejorar con un abordaje distinto.

Y, en ocasiones, ambas cosas pueden coexistir.


 Autonomía y protección: un equilibrio frágil

El núcleo del debate no es jurídico, sino ético. Se trata de equilibrar dos principios igualmente legítimos:

  • El derecho a decidir sobre la propia vida
  • La obligación de proteger a las personas en situaciones de vulnerabilidad

Inclinarse completamente hacia uno u otro puede generar injusticias. Un exceso de paternalismo niega la autonomía; una confianza absoluta en la decisión individual puede ignorar factores que condicionan esa decisión.


 La pregunta que no desaparece

Más allá de la legalidad, hay una cuestión que sigue abierta y que debería guiar cualquier análisis serio:

¿Se ha hecho todo lo posible para ayudar a esa persona a vivir antes de aceptar que quiera morir?

De la respuesta a esta pregunta depende no solo la legitimidad de cada caso, sino la confianza en el sistema en su conjunto.


 Conclusión: prudencia frente a simplificación

La eutanasia en contextos de sufrimiento complejo no admite respuestas fáciles ni juicios apresurados. Requiere rigor clínico, recursos adecuados, tiempo suficiente y una enorme responsabilidad por parte de todos los profesionales implicados.

Pero también exige algo más: una conversación pública más honesta, menos polarizada y más consciente de los matices.

Porque cuando lo que está en juego es la vida —y la decisión de ponerle fin— la simplificación no es solo un error. Es un riesgo.

Eutanasia en casos complejos: responsabilidades, riesgos y cautelas

El debate sobre la eutanasia en situaciones de sufrimiento extremo —especialmente cuando confluyen factores físicos y psíquicos— es profundamente complejo y no puede abordarse desde posiciones simplistas. Se trata de decisiones límite que exigen un análisis riguroso, prudente y multidisciplinar.


 1. Responsabilidad del sistema y del comité de decisión

La aplicación de la eutanasia no depende de una única persona, sino de un proceso estructurado con múltiples niveles de responsabilidad:

  • Médicos evaluadores independientes deben confirmar:
    • Sufrimiento grave, crónico e incapacitante
    • Ausencia de alternativas terapéuticas aceptables
    • Decisión libre, informada y mantenida en el tiempo
  • Comisiones de Garantía y Evaluación:
    • Actúan como órgano de supervisión
    • Revisan el cumplimiento de la ley
    • Resuelven conflictos entre profesionales
    • Verifican el procedimiento incluso después de realizado

👉 La responsabilidad final es colectiva, técnica y ética, no individual.
El sistema está diseñado para minimizar errores, pero no elimina completamente la incertidumbre.


 2. Riesgos inherentes en casos con componente psiquiátrico

Cuando el sufrimiento incluye dimensiones psíquicas, los riesgos aumentan significativamente:

🔹 Dificultad para evaluar la capacidad real de decisión

  • Trastornos como depresión grave, trauma o trastornos de personalidad pueden:
    • Distorsionar la percepción del futuro
    • Intensificar la desesperanza
    • Influir en el deseo de morir

👉 El riesgo clave: confundir una decisión autónoma con una expresión del sufrimiento tratable.


🔹 Incertidumbre sobre la “irremediabilidad”

  • En medicina física, el pronóstico puede ser más objetivo
  • En salud mental:
    • La evolución es imprevisible
    • Existen tratamientos que pueden requerir tiempo o recursos intensivos

👉 Riesgo: considerar irreversible un sufrimiento que podría mejorar con otro abordaje terapéutico.


🔹 Relación con el suicidio

  • En algunos casos, la solicitud puede estar vinculada a:
    • Intentos previos de suicidio
    • Trayectorias de sufrimiento prolongado
  • Esto plantea una tensión ética:
    • La sociedad busca prevenir el suicidio
    • Pero también reconoce la autonomía en decisiones extremas

👉 Riesgo: que la eutanasia funcione como respuesta institucional a un sufrimiento que debería tratarse.


🔹 Influencia de factores sociales y relacionales

  • Aislamiento
  • Entornos familiares disfuncionales
  • Falta de apoyo
  • Vulnerabilidad estructural

👉 Riesgo: que la decisión no sea completamente libre, sino condicionada por el contexto.


 3. Cautelas fundamentales desde la psiquiatría

Los psiquiatras desempeñan un papel clave, no para valorar el sufrimiento en sí, sino para evaluar la capacidad de decidir. Esto exige especial prudencia:

✔️ Evaluaciones profundas y repetidas

  • No basta una única valoración
  • Es necesario observar:
    • Coherencia del discurso
    • Estabilidad en el tiempo
    • Ausencia de impulsividad

✔️ Análisis de cuatro capacidades básicas

  • Comprender la situación
  • Razonar sobre alternativas
  • Valorar consecuencias (irreversibilidad)
  • Mantener una decisión consistente

✔️ Tratamiento previo del sufrimiento psíquico

  • Antes de aceptar la eutanasia, se debe haber explorado:
    • Psicoterapia especializada
    • Tratamiento de adicciones (si existen)
    • Intervenciones intensivas en salud mental

👉 Principio clave: no decidir en el pico del sufrimiento tratable.


✔️ Necesidad de tiempo y recursos

Muchos profesionales señalan:

  • Plazos a veces insuficientes
  • Falta de acceso completo al historial clínico
  • Recursos limitados en salud mental

👉 Sin estos elementos, las garantías legales pueden ser formalmente correctas pero clínicamente insuficientes.


 4. El dilema central: autonomía vs protección

El núcleo del debate es un equilibrio difícil:

  • Autonomía: derecho de la persona a decidir sobre su vida
  • Protección: obligación de evitar decisiones condicionadas por sufrimiento tratable

Ambas dimensiones son legítimas, pero entran en tensión en casos complejos.


 5. Complejidad de los casos mixtos (físico + psíquico)

Los casos más difíciles combinan:

  • Dolor físico e invalidez
  • Sufrimiento psicológico profundo
  • Factores sociales adversos
  • Historial de intentos de suicidio

👉 En estos contextos:

  • El sufrimiento puede ser real e insoportable
  • Pero su origen puede ser parcialmente tratable

Y ambas cosas pueden coexistir.


 6. Pregunta crítica que permanece abierta

La cuestión más importante no es solo si la ley se ha aplicado correctamente, sino:

¿Se han utilizado realmente todos los medios disponibles para ayudar a vivir antes de aceptar la decisión de morir?

De esta pregunta dependen:

  • La legitimidad ética del proceso
  • La confianza en el sistema
  • La diferencia entre autonomía real y abandono terapéutico

 Conclusión

La eutanasia en contextos de sufrimiento complejo no es solo una cuestión legal, sino clínica, ética y social.

El sistema incorpora múltiples garantías, pero su eficacia depende de:

  • La calidad de las evaluaciones
  • Los recursos disponibles en salud mental
  • El tiempo dedicado a cada caso

En última instancia, el riesgo no está solo en permitir la eutanasia, sino en que esta pueda convertirse —en algunos casos— en la respuesta a un sufrimiento que aún tenía margen de abordaje.

Por ello, estos procesos exigen máxima prudencia, rigor y humildad, evitando juicios simplistas sobre realidades profundamente complejas

A continuación, se recogen algunas ideas clave expresadas por profesionales y literatura especializada, que reflejan las principales preocupaciones en torno a la eutanasia en contextos complejos:

Mientras el suicidio siga siendo un tema tabú y los recursos en salud mental sigan siendo insuficientes, el riesgo es evidente: que algunas decisiones extremas no reflejen únicamente libertad, sino también soledad, sufrimiento no tratado o falta de alternativas reales.

Y ese es un debate que, más allá de la ley, la sociedad no puede seguir evitando

Eutanasia, tribunales y familia: los límites de una ley ante los casos más difíciles y los casos de suicidio sin seguimiento

  • https://articulosclaves.blogspot.com/2026/03/eutanasia-tribunales-y-familia-los.html
  • https://articulosclaves.blogspot.com/2026/03/eutanasia-en-casos-complejos.html

La complejidad del caso de Noelia Castillo

El grave tema del caso Noelia será polémico en las próximas semanas, y veremos muchas personas hablando del tema a la ligera, siendo un tema muy complejo

Se ha abierto un debate público sobre el alcance de la ley, aunque este no debe desarrollarse desde el simplismo y la polarización, tal y como, por desgracia, está ocurriendo

I-Repaso breve de la normativa

Dos médicos independientes deben confirmar:

  • Que existe un sufrimiento grave, crónico e imposibilitante.

  • Que no hay tratamientos razonables que la persona considere aceptables.

  • Que la decisión es libre, informada y sostenida en el tiempo.

Si hay cualquier duda sobre la capacidad de decidir, se requiere valoración psiquiátrica. Esto no es opcional: es obligatorio cuando existe sospecha de trastorno que pueda afectar al juicio.

Revisión por una Comisión independiente

La Comisión de Garantía y Evaluación revisa todo el expediente antes de autorizar el procedimiento.

la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE) establece que la decisión no recae directamente en un juez, sino en un proceso sanitario y ético muy estructurado

En España no hay una sola Comisión, sino Comisiones de Garantía y Evaluación autonómicas. Su función es doble:

  • Antes de la prestación (fase previa):

    • Revisar reclamaciones cuando el médico responsable deniega la solicitud.

    • Resolver conflictos de interés (por ejemplo, objeción de conciencia o discrepancias entre profesionales).

    • Desbloquear casos dudosos cuando los dos miembros designados para verificar requisitos no se ponen de acuerdo.

  • Después de la prestación (fase de control):

    • Verificar en un plazo máximo de dos meses si la ayuda para morir se ha realizado conforme a la ley y al procedimiento.

    • Revisan documentación anonimizada y, solo si hay dudas, pueden levantar el anonimato y pedir más información clínica.

  • Además:

    • Si la Comisión confirma la denegación, la persona puede recurrir ante la jurisdicción contencioso‑administrativa (es decir, ante los jueces).

    • La propia Ley Orgánica 3/2021 define estas Comisiones como una garantía adicional, no como quienes deciden “a solas”, sino como un órgano de supervisión y resolución de conflictos

    Qué criterios usan los psiquiatras para evaluar la capacidad de decisión

    La ley no da un “test psiquiátrico concreto”, pero sí exige que la decisión sea:

    • Libre

    • Consciente

    • Informada

    • Mantenida en el tiempo

    Cuando hay dudas sobre la capacidad, se pide valoración psiquiátrica. En la práctica clínica, los psiquiatras suelen fijarse en:

    Capacidad de comprender:Que la persona entienda su diagnóstico, pronóstico y alternativas (incluidos cuidados paliativos).

    Capacidad de razonar:Que pueda explicar por qué quiere la prestación, qué espera de ella, y que sus argumentos sean coherentes con sus valores previos.

    Capacidad de apreciar consecuencias:Que entienda que la decisión es irreversible y que no se trata de algo impulsivo.

    • Ausencia de trastornos que anulen el juicio:

      • Por ejemplo, una depresión grave que distorsione totalmente la percepción de sí mismo, del futuro o del sufrimiento.

    En la literatura bioética y clínica se insiste en que tener un trastorno mental no implica automáticamente incapacidad, pero sí obliga a una evaluación más cuidadosa y, a veces, a tratar primero ese trastorno antes de considerar la eutanasia.

    En resumen: el psiquiatra no evalúa si la persona “está triste” o “sufre mucho” (eso ya se sabe), sino si tiene capacidad real para tomar una decisión tan extrema y definitiva

    “¿Podemos estar seguros de que se han utilizado todos los medios psiquiátricos para evitar el desenlace?”

    • Seguridad absoluta, no.

    • Altísimo nivel de garantías, sí, si el procedimiento se ha seguido correctamente:

      • Evaluaciones médicas independientes.

      • Posible valoración psiquiátrica cuando hay dudas.

      • Plazos de reflexión.

      • Revisión por la Comisión.

      • Posibilidad de recurso ante los tribunales.

    La inquietud, es el miedo a que alguien pida morir cuando en realidad podría haber seguido viviendo si hubiera recibido otro tipo de ayuda, tratamiento o acompañamiento. Esa duda es legítima y, de hecho, es la razón por la que estas leyes son tan garantistas y tan discutidas.

    Otro tema de debate complejo: ¿Cómo equilibrar la autonomía personal con la protección de la vida cuando hay sufrimiento extremo?


    ¿Cómo podemos estar seguros de que una persona que pide morir no lo hace porque el sistema no le ha ofrecido toda la ayuda posible para vivir?

    El punto es delicado.

    La Ley de Eutanasia exige que la persona:

    • Tenga capacidad de decisión.

    • Haya recibido información completa sobre alternativas.

    • No esté influida por un trastorno mental que distorsione su juicio.

    Si el sistema no ofrece suficientes medios psiquiátricos, pueden surgir dudas razonables:

    ¿Se ha tratado adecuadamente la depresión, ansiedad o sufrimiento emocional?
    ¿Se ha ofrecido psicoterapia intensiva o solo medicación?
    ¿Se ha evaluado la capacidad con tiempo suficiente?
    ¿Se han explorado alternativas como cuidados paliativos integrados con apoyo psicológico?

    La ley es garantista, pero las garantías dependen de los recursos disponibles

    ¿Qué implica la falta de medios psiquiátricos en España?

    Implica que:

    • La ley puede ser garantista, pero la práctica depende de recursos que a veces no están.

    • Puede haber casos en los que no se haya explorado todo el potencial terapéutico antes de llegar a una solicitud de eutanasia.

    • La evaluación de capacidad puede ser técnicamente correcta, pero no tan profunda como sería ideal.

    En España se está trabajando en un anexo específico al Manual de Buenas Prácticas para casos de enfermedad mental, precisamente porque ahora hay demasiadas dudas.
    • https://www.infobae.com/espana/agencias/2024/10/18/psiquiatras-piden-mas-tiempo-para-estudiar-los-casos-de-eutanasia-con-enfermedad-mental/

    Muchos psiquiatras y sociedades científicas han señalado:

    • Dificultades éticas y prácticas para aplicar la eutanasia en trastorno mental:

      • Distinguir sufrimiento irremediable de sufrimiento tratable.

      • Evaluar capacidad en personas con depresión grave, psicosis, trastornos de personalidad, etc.

    • https://sepsm.org/la-psiquiatria-advierte-sobre-las-dificultades-eticas-y-practicas-de-aplicar-la-eutanasia-en-pacientes-con-trastorno-mental/?

    Antes de llegar a una decisión de eutanasia con alguien con este historial, seguramente se ha realizado :

    • Tratamiento intensivo del trauma: Psicoterapia especializada (EMDR, terapia de trauma, terapia dialéctico-conductual, etc.), no solo medicación.

    • Abordaje de la patología dual: Tratamiento conjunto de consumo de sustancias y trastorno mental, no por separado.

    • Evaluación psiquiátrica profunda y repetida: No una sola entrevista, sino varias, en distintos momentos, valorando capacidad, cambios, ambivalencias.

    • Apoyo social y relacional: Trabajo con el entorno, protección frente a vínculos dañinos, redes de apoyo, recursos comunitarios.

    Si el sistema no ofrece un camino razonable para vivir con el sufrimiento, la opción de morir corre el riesgo de ser una “salida” condicionada por la falta de alternativas, no una elección plenamente libre.

    Se ha señalado que en España no hubo un largo periodo de debate y preparación antes de aprobar la ley, a diferencia de otros países, y que los recursos de salud mental no están a la altura de la complejidad del tema.

    Con esos elementos es muy razonable pensar en :
    • Trauma grave y complejo: Violaciones y mala relación con figuras de apego (como el padre) son terreno fértil para trastorno de estrés postraumático, depresión, disociación, problemas de autoestima, autolesiones, etc.

    • Patología dual (trastorno mental + consumo de sustancias): El consumo de drogas muchas veces no es “vicio”, sino intento de anestesiar dolor psíquico. Eso se llama patología dual: trastorno mental y adicción coexistiendo y potenciándose mutuamente, con más riesgo de suicidio y peor pronóstico si no se trata de forma integrada.
    • Riesgo suicida elevado y crónico: Intentos previos de suicidio + trauma + consumo + dolor físico + invalidez = una combinación que multiplica el riesgo

    Todo eso, mezclado con dolor físico e invalidez, hace que el caso no sea solo “eutanasia sí o no”, sino: ¿cuánto de este sufrimiento es realmente irremediable y cuánto es fruto de un sistema que no ha sabido/querido tratar bien lo psíquico?

    Por qué estos casos son tan complejos

    Porque se mezclan tres capas:

    • Capa física: dolor, invalidez, limitaciones reales del cuerpo.

    • Capa psíquica: trauma, depresión, ansiedad, posible trastorno de personalidad, desesperanza.

    • Capa social: relaciones familiares dañinas, posible soledad, precariedad, falta de apoyo.

    Si solo miras la invalidez y el dolor, puedes pensar:

    “Su vida es objetivamente insoportable, tiene sentido que pida morir”.

    Si miras también el trauma, las drogas, los intentos de suicidio, puedes pensar:

    “Quizá está pidiendo morir porque nadie ha sabido sostener su dolor psíquico”.

    Y las dos cosas pueden ser verdad a la vez. Ahí está la tragedia


    Iria Domíngez, psiquiatra: 'La eutanasia plantea el dilema de si el sistema da una buena respuesta al sufrimiento psíquico grave'

    "Nos preocupa que problemas sociales que afectan a las personas concretas sean invisibilizados, y el potencial transformador del sufrimiento quede despolitizado y anulado"

    "Los acompañamientos psicoterapéuticos y psicosociales siguen siendo irregulares e insuficientes"

    Las adversidades asociadas al maltrato en la infancia (ACE por sus siglas en inglés: Adverse Childhood Events, que incluyen desde el abuso físico/sexual/emocional, a la negligencia emocional y física, la pérdida parental, la violencia intrafamiliar, convivir con adultos con problemas de salud mental, adicciones o problemas con la justicia, etc.) son el factor de riesgo prevenible más importante de todos los trastornos mentales y adicciones de aparición tanto en la infancia y adolescencia como en la edad adulta.

    La demanda de eutanasia por causa psíquica nos plantea la necesidad de señalar y abordar problemas que son estructurales y sistémicos

    Estas adversidades aparecen con más frecuencia cuando los factores sociales son adversos: desigualdad social, urbanidad (falta de tejido social que sostenga), pobreza, entornos violentos, falta de vivienda digna, pérdida de capital social y oportunidades de futuro, etc. Dicho de otra manera, los condicionantes sociales de la salud influyen en el riesgo de adversidad en la infancia

    Cómo entendemos el malestar psíquico?

    Esto tiene implicaciones a nivel preventivo: mejorar la protección a la infancia prevendrá la aparición de trastornos mentales. Asegurar condiciones de vida dignas y tender hacia sociedades más igualitarias disminuirá el riesgo de que aparezcan adversidades en la infancia, y a su vez disminuirá el riesgo de aparición de problemas mentales.

    También tiene implicaciones a nivel del acompañamiento a los problemas de salud mental y adicciones. Si se entiende el malestar psíquico grave, los pensamientos inusuales y las conductas problemáticas como respuesta a la adversidad, no se verán los problemas de salud mental como una enfermedad sino como mecanismos de adaptación a condiciones de vida (presentes o pasadas) difíciles.

    De este modo, se reconoce y legitima el daño que la persona ha sufrido, y el tratamiento pasa de tener una preponderancia biomédica (tratamientos psicofarmacológicos, ingresos hospitalarios, etc.) a un acompañamiento centrado en la vivencia de la persona y en sus necesidades y fortalezas (tratamiento psicoterapéutico, acompañamiento psicosocial, reforzamiento de la red familiar y social, participación ciudadana, etc.).

    El mensaje de que los trastornos mentales son equiparables a enfermedades crónicas puede ser muy desesperanzador para las personas diagnosticadas

    Con el tema del derecho a la eutanasia, se nos plantea el dilema de si realmente el sistema sanitario y social está dando una buena respuesta a la demanda de las personas con sufrimiento psíquico grave. El mensaje de que los trastornos mentales son equiparables a enfermedades crónicas puede ser muy desesperanzador para las personas diagnosticadas (algo se ha roto/desajustado internamente y sólo un tratamiento médico puede repararlo), además de invisibilizar la relación con eventos adversos vividos.

    Opciones terapéuticas que se salgan de este paradigma y reconozcan las vivencias y los traumas relacionales sufridos suponen una alternativa, aún minoritaria hoy en día, pero potencialmente más esperanzadora. Por otra parte, a día de hoy los acompañamientos psicoterapéuticos y psicosociales siguen siendo irregulares e insuficientes en muchos casos (listas de espera, tiempos de intervención muy limitados, etc.).

    Orientar los servicios de atención hacia la escucha a la persona y su historia vital, un acompañamiento y sostén a sus necesidades desde el respeto a su autonomía y la conexión social son elementos de mejora hacia los que seguir avanzando. El derecho a la eutanasia nos parece importante, y la autonomía de la persona ha de respetarse y acompañarse, así como su demanda ser atendida.

    Si bien consideramos que este derecho ha de respetarse a nivel individual, la demanda de eutanasia por causa psíquica nos plantea la necesidad de señalar y abordar problemas que son estructurales y sistémicos. Nos preocupa que problemas sociales que afectan a las personas concretas sean invisibilizados, y el potencial transformador del sufrimiento quede despolitizado y anulado. Por otra parte, es necesario un cambio estructural de mirada a los problemas de salud mental, menos centrado en el tratamiento farmacológico y biomédico y más en las necesidades reales de la persona y el acompañamiento psicosocial.

    Iria Domínguez, psiquiatra y presidenta de la Asociación Catalana de Profesionales de Salud Mental (ACPSM)

    https://www.elperiodico.com/es/ser-feliz/20260328/iria-domingez-psiquiatra-eutanasia-plantea-128514297?utm_campaign=mrf-twitter-elperiodico&mrfcid=2026032869c66c4edd3bb51c8f67c9a7

    https://www.elperiodico.com/es/ser-feliz/20260326/psiquiatras-eutanasia-noelia-sufrimiento-psiquico-equiparable-dolor-fisico-derecho-muerte-digna-128435861

      Psiquiatras y psicólogos forenses cuestionan la capacidad de decisión de la joven y denuncian un "fracaso absoluto" del sistema en su protección y cuidado

    La muerte de Noelia Castillo por eutanasia ha abierto un profundo debate sobre la aplicación de la ley en casos de trastornos de salud mental. En el programa 'Fin de Semana' de la cadena COPE, presentado por Cristina López Schlichting, dos destacados expertos han analizado el caso, concluyendo que representa un "fracaso absoluto" del sistema y sienta un "precedente realmente crítico". El psiquiatra José Miguel Gaona y el psicólogo forense José Manuel Aguilar han cuestionado si una persona con un Trastorno Límite de la Personalidad (TLP) puede tomar una decisión realmente libre sobre acabar con su vida.

    Un "fracaso absoluto" del sistema

    Para el psicólogo José Manuel Aguilar, el caso de Noelia es la crónica de un "fracaso absoluto" en tres niveles. Primero, un "fracaso" de la familia, que no atendió sus necesidades y derivó en su tutela a los 13 años. Segundo, un fallo "de la administración", que la tuteló hasta su mayoría de edad entre denuncias no probadas de abusos. Y tercero, un fracaso "como sanitarios". Aguilar ha criticado cómo el caso se ha usado como arma política: "Aquí ha habido debate de barricadas, no ha habido debate de moral o de ética o de cuidados o de salud

    Aguilar, profesor de la Universidad Loyola, también ha puesto en duda a los comités de evaluación. "Habría que ver la naturaleza ideológica y el sesgo que tienen estos tribunales", ha afirmado, deslizando que algunos son conocidos por su falta de "representatividad de distintas opciones"

    El psicólogo ha lamentado que no se haya consultado a colectivos de expertos en el trastorno. "Asociaciones TLP, que tienen un un prestigio extraordinario, [...] nadie les ha preguntado, en este caso", ha apostillado López Schlichting. Para Aguilar, el problema reside en la falta de recursos, pero también en el "interés".

    El psiquiatra José Miguel Gaona ha vinculado la petición de la eutanasia con el sentimiento de soledad. Apoyándose en una conferencia que impartió recientemente, ha explicado que los estudios demuestran que "aquellas personas se sentían solas, abandonadas por el mundo, abandonadas por la familia, [...] pues tenían mayor tendencia a pedir esa eutanasia". Sin embargo, advierte de que este es solo "uno de los factores" en un problema complejo

    El núcleo del debate, según Gaona, es si la decisión fue verdaderamente libre. Sostiene que en procesos depresivos graves o con un TLP, el abanico de elección se reduce drásticamente. "Usted puede escoger habitualmente entre negro y gris oscuro, y se acabó el abanico de elección", ha explicado de forma gráfica. Gaona ha definido el TLP como un trastorno caracterizado por "la impulsividad, la inestabilidad emocional, las relaciones intensas, caóticas, el miedo al abandono" y, crucialmente, la "tendencia a, justamente, suicidio".

    Este caso crea "un precedente realmente crítico dentro de lo que es la salud mental", ha alertado Gaona. El psiquiatra ha desvelado que, desde que se conoció el caso de Noelia, ha tenido "varios pacientes" que le han dicho: "Yo también quiero la eutanasia". También ha recordado que el Tribunal de Derechos Humanos condenó a Bélgica por eutanasiar a una joven con depresión, cuestionando si esa debe ser la salida. "Le ha fallado en todo, pero justamente en esto no. Pero venga, qué hipocresía", ha exclamado, criticando que el Estado se presente como garante al final de una vida en la que no supo dar apoyo.

    Noelia ha descrito su infancia como llena de «baches y vacío», con veranos felices en casa de la abuela junto a su hermana Sheyla, pero también con inestabilidad constante. Sin embargo, falta transparencia pública sobre cómo se tomó exactamente la decisión. ¿Se agotaron todas las medidas de preservación familiar? ¿Se valoró el riesgo real frente al trauma del desarraigo? 

    El caso plantea preguntas incómodas: ¿fue esa intervención un acto de protección necesario o el inicio de una cadena de vulnerabilidades? Además de sus padres, hay referencias a «hermanos» y a «otra hermana», pero no hay detalles públicos sobre las edades exactas. Noelia, en las entrevistas, menciona a una hermana, Sheyla, y a otra, al parecer mayor, Yoli. Pero solo ella tuvo la atención de los servicios sociales. Es posible que Sheyla tuviera una edad o situación de custodia diferente, o que la red familiar (como esa abuela con la que afirmaba haber sido feliz) permitiera mantenerla fuera del sistema. Sin embargo, esta discriminación genera dudas razonables sobre la uniformidad de criterios cuando el riesgo familiar —adicciones, precariedad y desestructuración— parecía afectar al núcleo entero. 


    https://theobjective.com/elsubjetivo/opinion/2026-03-29/como-fue-hermanos-noelia-articulo-barbat/

    Psiquiatras y psicólogos forenses cuestionan la capacidad de decisión de la joven y denuncian un "fracaso absoluto" del sistema en su protección y cuidado

    • https://www.cope.es/programas/fin-de-semana/audios/expertos-alertan-precedente-critico-sienta-eutanasia-noelia-20260328_3335899.html

    La Dra. Blanca Morera ha explicado que “en nuestro país la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación de Eutanasia 3/2021 de 24 de marzo arrancó en el segundo semestre del año, a medida que se configuraron las diferentes Comisiones de Garantías y Evaluación de la Eutanasia que debían verificar los casos”. Ha señalado que “nuestra norma en ningún momento contempla un trato diferenciado para las personas con trastorno mental, ni ningún otro grupo de pacientes, sino que optó por un sistema de criterios (mayoría de edad, contexto eutanásico, capacidad, etc.) para dar o no acceso a la prestación”.


    Ha comparado la situación internacional explicando que “esta no es una situación homogénea en los países que han regulado la posibilidad de solicitar intervenciones sanitarias para terminar la vida; algunos países como EEUU (no todos los estados, 17 de ellos) han regulado únicamente el suicidio asistido y únicamente en personas en final de vida (proceso terminal), otros países como Países Bajos han regulado tanto la eutanasia como el suicidio asistido y no excluye ningún colectivo de pacientes y, finalmente, países como Canadá han planteado una demora en la aplicación de la ayuda médica para morir (MAID) en el caso de las personas con trastorno mental. En definitiva, la situación internacional es muy diferente”.


    En cuanto a la situación en España, ha explicado que “la polémica, que ya había generado reflexiones y posicionamientos públicos (como el de la Sociedad Española de Psiquiatría o la Comisión de Comités de Ética Asistencial de Euskadi), se generaliza tras la sentencia del Tribunal Constitucional 19/2023 de 22 de marzo en respuesta al recurso de inconstitucionalidad contra la LORE presentado por VOX”. Ha añadido que “en dicha sentencia se recogen afirmaciones que para algunos sugieren la improcedencia de la aplicación de esta norma en personas con trastorno mental, mientras que para otros no es así”.


    Un caso reciente en Catalunya, ha explicado, “en el que el padre de la solicitante ha conseguido parar el proceso por vía judicial, ha terminado de poner sobre la mesa las preguntas fundamentales: 

    ¿Cabe aplicar la prestación en personas con trastorno mental por dicho trastorno? ¿Se deberían modificar procedimientos para aumentar las garantías? 

    ¿Cuáles son los problemas en este colectivo de personas que pueden dificultar la aplicación de la norma o que deberían limitar su aplicación?”.

    Cuando un niño o un adolescente es separado de su entorno, el pronóstico suele ser muy negativo. Los estudios internacionales son claros y preocupantes. Metaanálisis e investigaciones longitudinales (en EEUU y en Europa) muestran que la separación de menores de sus familias biológicas, cuando no es estrictamente necesaria, conlleva peores resultados a largo plazo en salud mental, educación, empleo y riesgo de sinhogarismo. 

    Los niños en centros residenciales (como los de Cataluña) sufren más problemas conductuales, traumas adicionales y abusos que aquellos en acogimiento familiar o con apoyo intensivo en casa. Los programas de preservación familiar reducen las entradas en el sistema y mejoran el pronóstico. En España, con unos 52.000 menores protegidos, persisten críticas al exceso de residencialización y a la escasa inversión en prevención.

    El caso de Noelia no es aislado. En Cataluña y otras comunidades se han denunciado múltiples episodios de abusos en centros de menores. Uno, muy mediático, fue el del exmarido de Mónica Oltra (exvicepresidenta valenciana), condenado a cinco años de prisión por abusos sexuales continuados a una menor tutelada en un centro de Valencia; la propia Oltra fue acusada de encubrimiento. También causaron alarma los sucedidos en Mallorca, con varias jóvenes prostituidas. Estos escándalos alimentan la percepción de que el sistema, a veces, prioriza la intervención burocrática sobre la protección real, autojustificando presupuestos y existencia con medidas drásticas mientras falla en la supervisión interna. 

    En fin: una infancia rota por una intervención cuyo rigor y proporcionalidad nunca se ha explicado públicamente. En un sistema de protección que, según las evidencias, genera a menudo más daño que alivio, y con una burocracia que, quizá con un exceso de soberbia institucional, marca vidas para siempre. Mientras se debate la eutanasia, urge mirar atrás y exigir más luz sobre cómo se deciden esas separaciones que cambian trayectorias enteras. Tiene que ser muy mala una familia biológica para que sea peor que esos centros


    https://theobjective.com/elsubjetivo/opinion/2026-03-29/como-fue-hermanos-noelia-articulo-barbat/


    https://unherd.com/newsroom/noelia-castillo-didnt-have-to-die/?=frlh


    https://www.outono.net/elentir/2026/03/29/la-cultura-de-la-muerte-y-la-peligrosa-confusion-entre-la-legalidad-y-el-bien/


    La Dra. Blanca Morera ha destacado que “el tema es muy relevante porque supone, de entrada, plantearse si es posible excluir un colectivo de la aplicación de una ley orgánica. Esta discriminación debería justificarse. Toca a los juristas analizar lo que esto supone”.

    Desde su perspectiva como psiquiatra en ejercicio y miembro de la CGyEE de Euskadi, ha señalado que “el desafío que una persona con un trastorno mental plantea a la aplicación de la norma tiene que ver con otros elementos”.


    El primero de ellos, ha explicado, “tiene que ver con el requisito de capacidad y las garantías de voluntariedad, de forma que se pueda garantizar que se trate de una petición autónoma de una persona competente”. Ha advertido que “citar este problema es un arma de doble filo: por una parte, negar cómo las enfermedades psiquiátricas más graves afectan al psiquismo de algunas personas y, en algunas ocasiones, la capacidad para tomar algunas decisiones, sería negar la evidencia de la práctica cotidiana. Por otra parte, no presuponer la capacidad supondría un ejercicio de paternalismo rechazable”. En su opinión, “toca establecer cómo realizar esta valoración, pero no sólo en las personas con TM”.


    El segundo elemento, ha señalado, “tiene que ver con el requisito, en el contexto de no-terminalidad, de acreditar que el trastorno es incurable, que no cabe hacer nada más, que esta persona concreta no va a mejorar. En muchas enfermedades y trastornos, también en psiquiatría, este no es un tema fácil, más aún cuando los sistemas públicos no siempre dan acceso cumplido a tratamientos probados (pensemos en la psicoterapia en los trastornos graves de personalidad). Como un psiquiatra puede tratar con un paciente la abstención terapéutica, cuando puede decir ‘hasta aquí llego’ y cómo esto afecta al vínculo, no es fácil de determinar en una profesión que ‘pelea’ intentos de mejora casi hasta el infinito y más allá”.

    Ha destacado, además, “un tercer elemento delicadísimo: la relación entre trastorno mental y suicidio, que incuestionablemente nos lleva a la pregunta acerca de si la petición de ayuda para morir en una persona con TM no es un suicidio encubierto e institucionalizado, una petición de ayuda”. Ha añadido que, “en un momento en que toda la sociedad lucha contra lo que se considera casi una plaga, y dado que nuestros pacientes son los que más llegan a esa situación límite, ¿cómo articulamos el mensaje de prevenir el suicidio y ayudar a morir?”.


    Finalmente, ha añadido que “entendiendo que estamos resumiendo mucho una cuestión muy compleja, ¿cómo considerar los determinantes externos de esta decisión? ¿Cómo trabajar con la vulnerabilidad estructural (el estigma, la marginalización, el deterioro global) que puede llevar a una petición de ayuda para morir?”.


    Ha concluido afirmando que “parece evidente que desde la no discriminación se requieren estrategias específicas de abordaje y evaluación. Los procedimientos actuales pueden no ser suficientemente flexibles y tienen problemas de aplicación. De todo esto hay que hablar

    • https://sepsm.org/la-psiquiatria-advierte-sobre-las-dificultades-eticas-y-practicas-de-aplicar-la-eutanasia-en-pacientes-con-trastorno-mental/?

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